Subvenciones LEADER FEDIVALCA

ORDEN AGM/1614/2019, de 27 de noviembre, por la que se aprueba la convocatoria de las ayudas LEADER para la realización de operaciones conforme a las estrategias de desarrollo local LEADER, para el ejercicio 2021-2022.
Primero.— Objeto y finalidad.
1. Esta Orden tiene por objeto convocar subvenciones para la realización de operaciones conforme a las estrategias de desarrollo local LEADER (en adelante, EDLL) para el ejercicio 2020, incluidas como submedida 19.2 en el Programa de Desarrollo Rural de Aragón 2014-2020 (en adelante, PDR), y de acuerdo con la Orden DRS/1482/2016, de 18 de octubre, por la que se aprueban las bases reguladoras de las ayudas LEADER para la realización de operaciones conforme a las estrategias de desarrollo local LEADER en el marco del Programa de Desarrollo Rural para Aragón 2014-2020 (en adelante, bases reguladoras).
2. La finalidad de las subvenciones convocadas es el apoyo de actuaciones dirigidas a fomentar la creación de empleo, la diversificación económica, la innovación, la conservación y mejora medioambiental, y la mejora de la calidad de vida en el medio rural aragonés.
3. Las subvenciones para proyectos productivos, al tener carácter de ayuda de estado, están sujetos a los límites establecidos en el Reglamento (UE) n.º 1407/2013 de la Comisión, de 18 de diciembre de 2013, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de minimis.
Segundo.— Actividades subvencionables.
1. De conformidad con el artículo 3 de la Orden DRS/1482/2016, de 18 de octubre, las actividades subvencionables se enmarcan en uno de los siguientes ámbitos de programación:
a) Proyectos productivos:
a.1. Mejora de la accesibilidad a las tecnologías de la información y la comunicación (TIC) así como su uso en las zonas rurales, para agentes privados.
a.2. Mejora de la competitividad de las PYMES.
a.3. Producción de energías renovables para autoconsumo y eficiencia energética de empresas.
b) Cooperación entre particulares.
c) Proyectos no productivos.
c.1. Mejora de la accesibilidad a las tecnologías de la información y la comunicación (TIC) así como su uso en las zonas rurales, para entidades públicas locales y sin ánimo de lucro.
c.2. Eficiencia energética en entidades públicas locales y sin ánimo de lucro.
c.3. Inversiones y acciones de formación y divulgación en relación con la conservación y protección del medio ambiente.
c.4. Inversiones y acciones de formación y divulgación en materia de cambio climático.
c.5. Inversiones materiales para la creación de empleo.
c.6. Acciones formativas en materia de empleo, espíritu emprendedor, creación de empresas y adaptación de los trabajadores, las empresas y los empresarios al cambio.
c.7. Infraestructura social.
2. No podrán ser objeto de subvención las actividades ya realizadas antes de la fecha de presentación de la solicitud de subvención.